Lo cazan a 156 km/h en zona de 60, no acepta una multa de 3.600 euros y ahora deberá pagar 7.200 - Motor Debates en Foro Transportistas

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    Lo cazan a 156 km/h en zona de 60, no acepta una multa de 3.600 euros y ahora deberá pagar 7.200

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      El infractor contrata a un notario para alegar que no había señal de limitación, pero la jueza no lo cree

      Son 7.200 euros los que deberá pagar por un exceso de velocidad el dueño de un Porsche Cayenne fotografiado por un radar en la carretera de Ourense a Lugo circulando el pasado 12 de agosto a 156 km/h en un tramo limitado a 60. Y aún pudo ser peor. Eloy C. C., de 40 años, pudo haber superado el mal trago con cuatro meses de multa a treinta euros diarios, es decir, 3.600 euros, si el 16 de agosto se hubiera conformado con esta petición. Quiso ir a juicio y, aunque la condena no llegó a los 13.500 euros de multa que pedía el Ministerio Fiscal, en poco más de dos meses se ha encontrado con una subida del 100 %. Y aún pudo ser peor, incluso para su abogado.

      Presentó este conductor como prueba para su defensa un acta notarial de presencia, extendida el 16 de agosto -cuatro días después de la denuncia- para certificar la ausencia de la señal de prohibición de 60 a la derecha de la calzada. La titular del Juzgado de lo Penal 2 de Ourense, Susana Pazos, no duda del acta notarial, pero reafirma que el día 12 estaba la señal. No solo se fía más de la Guardia Civil, sino que, además, se apoya en los informes del servicio de vigilancia diaria de Fomento, que entre los días 11 y 16 de agosto no apreció tal ausencia, que sí constató el día 17 en su parte de incidencias. Que no apareciera la ausencia en el parte del 16, día en que acudió la notaria, tiene explicación. «No es difícil presumir que en todo caso se hizo después de las siete y veinte de la mañana, hora en la que los operarios de la empresa de conservación tuvieron que pasar por ese punto kilométrico», pues se detecta una incidencia en el mismo tramo: «Retirar animal (gato)».


      La jueza cree que «se ha intentado generar confusión por parte de la defensa» y en otro punto de la sentencia apunta que «raya lo delictivo» el ejercicio de ese derecho en este caso. La magistrada añadió una anotación en el sentido de que quiere presumir «que el propio letrado es ajeno a estas actuaciones», pues, de otro modo, adoptaría medidas.


      Recuerda la jueza, en contra de otro argumento de la defensa, que no existe obligación de indicar la existencia de los radares que no son fijos. Llama la atención sobre el hecho de que «afortunadamente» -entre comillas, en el origen- no hubiera desaparecido la señal de entrada en población -Pitón-, por lo que la velocidad máxima aplicable sería de 50 km/hora.


      La magistrada, a la hora de fijar la cuantía de la pena, hace referencia a que el acusado no está precisamente en situación de indigencia, de «miseria», como para imponerle la pena mínima. «No consigue convencernos» de que ingrese 648 euros por cada una de las dos sociedades de las que es administrador.

      El Porsche Cayenne, el iPhone y una casa de 300 metros cuadrados permiten suponer que «su situación económica es más que buena». Estará un año y cuatro meses sin carné. La sentencia no es firme.

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