Tráfico y Multas

Cómo deben circular los ciclistas: en grupo, en columna de a dos, por el arcén y el adelantamiento

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El titular según el cual la ley prohíbe a los ciclistas rodar juntos induce a confusión. El Reglamento General de Circulación sí autoriza a los ciclistas en grupo a desplazarse por la vía pública; lo que la norma regula son las condiciones de esa marcha conjunta y el modo en que el resto de vehículos debe convivir con ellos. La distinción es fina pero relevante: rodar en grupo está permitido, mientras que hacerlo apiñados en pelotón cerrado, sin margen de reacción, no encaja en lo que el reglamento contempla. Entender cómo deben circular los ciclistas evita sanciones y, sobre todo, reduce el riesgo de alcances.

A efectos legales la bicicleta es un vehículo más, con obligaciones equiparables a las de un coche o una motocicleta. El ciclista es un ocupante más de la carretera y, como tal, debe cumplir las normas para ciclistas que rigen su tránsito, a menudo poco conocidas. Estas normas para ciclistas afectan tanto a la colocación en la calzada como al alumbrado, la protección y la relación con los demás conductores.

La circulación en grupo: qué permite el reglamento

La modificación introducida por la Ley 19/2001 en el artículo 20 del reglamento aclaró la situación. Se permite a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener la separación de seguridad entre ellos, con la condición de extremar la atención para evitar alcances entre los propios ciclistas. En coherencia con ello, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo, de modo que un ciclista puede rebasar a otro de su formación sin que ese movimiento cuente como un adelantamiento a efectos de la norma.

El artículo 23 añade una consecuencia práctica de peso: cuando los ciclistas circulan en grupo, se consideran una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso. Esto significa que, si el primero de la fila inicia el cruce de una glorieta o supera un semáforo, el conjunto conserva la prioridad como si fuera un solo vehículo, y quien pretenda intercalarse debe esperar a que pase toda la unidad.

Cómo deben circular los ciclistas según el tipo de vía

La colocación en la calzada es el punto donde más dudas surgen. Los ciclistas podrán circular en columna de a dos como máximo, siempre lo más a la derecha posible de la vía, y deberán colocarse en fila de uno en uno en los tramos de poca visibilidad. Esa columna de a dos nunca autoriza a ocupar más de un carril ni a ensanchar la formación cuando la vía se estrecha o se pierde visibilidad.

Cuando no existe una vía habilitada expresamente para ellos, como un carril bici, los ciclistas deben adaptarse a las características de la carretera:

  • En vía urbana, pegándose lo máximo posible a la derecha de la calzada, pero a una distancia que permita adelantarlos con facilidad sin quedar tan al borde que su propia marcha corra peligro.
  • En vía interurbana rige la misma premisa, con la diferencia de que resulta obligatorio circular por el arcén cuando lo haya; si no existe arcén, deben ir pegados al lado derecho de la calzada.
  • En autovía solo está permitido rodar por el arcén, siempre que el ciclista sea mayor de 14 años y no exista una prohibición expresa. Incumplir esta última condición acarrea una multa de 200 euros.

Hay un supuesto adicional: si el ciclista circula por una vía transitada por peatones y no puede mantener una distancia mínima de un metro con ellos, debe bajarse de la bicicleta y continuar a pie. Todo este esquema resume cómo deben circular los ciclistas en cada escenario, desde la calle urbana hasta el arcén de una autovía.

Alumbrado, prenda reflectante y casco

En materia de luces, la exigencia para los ciclistas es la misma que para el resto de conductores. Deben llevar la bicicleta correctamente iluminada de noche, durante el ocaso y la salida del sol, en vías urbanas e interurbanas insuficientemente iluminadas, y al atravesar pasos inferiores o túneles. Además es obligatorio vestir una prenda reflectante debidamente homologada: tanto el ciclista como la bicicleta deben ser identificables a 150 metros de distancia.

El equipamiento luminoso mínimo y las sanciones asociadas quedan así:

Elemento Ubicación Sanción por incumplimiento
Luz de posición blanca Parte delantera 80 € por circular sin las luces correspondientes
Luz de posición roja Parte trasera
Catadióptrico rojo no triangular Parte trasera
Prenda reflectante homologada Sobre el ciclista 200 € por circular sin chaleco reflectante

El casco debidamente homologado es obligatorio al circular por vías interurbanas, y esa obligación alcanza también a los pasajeros, incluidos los niños menores de siete años que viajen sentados en una silla igualmente homologada.

El deber del conductor profesional ante un ciclista

El artículo 20 del reglamento, dedicado a las distancias y la velocidad exigible, obliga a todo conductor que circule detrás de otro vehículo a dejar un espacio libre que le permita detenerse ante un frenado brusco sin colisionar, atendiendo a la velocidad y a las condiciones de adherencia y frenado. Para quien conduce un camión o una furgoneta, esta regla es especialmente sensible frente a un ciclista: la masa y la distancia de frenado de un vehículo pesado son muy superiores, de modo que la distancia de seguridad debe ampliarse en consecuencia.

Lo mismo ocurre con el adelantamiento. Adelantar a ciclistas exige invadir el carril contiguo lo necesario para dejar un margen lateral amplio, reducir la velocidad y no reincorporarse hasta haberlos rebasado por completo. Un adelantamiento apurado, rozando la columna de a dos o cerrando la trayectoria al volver al carril, es precisamente la maniobra que la norma trata de evitar. Quien conduce de forma profesional asume aquí una responsabilidad reforzada, porque adelantar a ciclistas con prisa o sin visibilidad convierte una maniobra rutinaria en un riesgo grave.

Preguntas frecuentes

¿Cómo deben circular los ciclistas cuando van en grupo?

Pueden ir en columna de a dos como máximo, lo más a la derecha posible de la vía, y deben ponerse en fila de uno en uno en los tramos de poca visibilidad. En grupo se les considera una única unidad móvil a efectos de prioridad de paso.

¿Es legal que los ciclistas en grupo rueden juntos sin separación?

Sí. El reglamento permite a los ciclistas en grupo circular sin mantener la separación entre ellos, siempre que extremen la atención para evitar alcances. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas de la misma formación.

¿Pueden los ciclistas circular por una autovía?

Solo por el arcén, siempre que sean mayores de 14 años y no exista una prohibición expresa. Circular indebidamente por la autovía conlleva una multa de 200 euros.

¿Qué normas para ciclistas se aplican al alumbrado?

Luz de posición blanca delante, luz de posición roja y catadióptrico rojo no triangular detrás, más prenda reflectante homologada. Circular sin luces se sanciona con 80 euros y sin chaleco con 200 euros.

¿Cómo debe un camionero adelantar a ciclistas?

Dejando una distancia de seguridad amplia por detrás, invadiendo el carril contiguo lo necesario para un margen lateral holgado, reduciendo la velocidad y sin reincorporarse hasta haberlos rebasado del todo.

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